Este año el día estaba dedicado a la explotación de los niños que trabajan en la agricultura. Pero no hay que olvidar que son miles los trabajos realizados por niños. Entre ellos la fabricación de artículos conmemorativos de los Juegos Olímpicos de Pekin de 2008. Noticia en El País
Os dejo un enlace al IPEC (International Programme on the Elimination of Child Labour). Es especialmente interesante el vídeo que hay en un enlace abajo a la derecha, además tenéis la posibilidad de verlo en Español.
Es triste pensar que en 1959 se proclamara la Declaración de los Derechos de los Niños y todavía estemos tan lejos de cumplirla.
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Proclamada por la Asamblea General en su resolución 1386 (XIV), de 20 de noviembre de 1959
PREAMBULO
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y su determinación de promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad,
Considerando que las Naciones Unidas han proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, opinión política o de cualquiera otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,
Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento,
Considerando que la necesidad de esa protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los convenios constitutivos de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño,
Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle,
La Asamblea General,
Proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que éste pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes principios:
Principio 1
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Principio 2
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
Principio 3
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Principio 4
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Principio 5
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Principio 6
El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Principio 7
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Principio 8
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Principio 9
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Principio 10El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
En el año 1977 Quino hizo unas ilustraciones para Unicef reivindicando los Derechos de los Niños. Esto fué lo que dibujó sobre el Princípio 9.
2 comentarios:
HOLA A TODOS Y...q franca q sos perra pero ofender asi a A un escritor Y CREAR un foro criticando cualqiera q te crees pedadazo de.. mira x no ofender a Dios y a mis acestros NO ...ISULTO DE LO LINDO o como sea no deberias criticar si no te gusta sus series guardatela pendeja y perdete ........loS ESCRITORES Q CON TANTO ESFUERZO HACEN SU NOVELA.......PARA SER YO FRANCA NO ME GUSTA LAS SERIES MUY TRISTES PERO DEPENDE DE LA PERSONA PENDEJA DEJA DE ESTUPIDIAR Y CREAR.....TONTERIAS...FOROS DE MIERDAAAAAA...... Y SI FUERA EL ESCRITOR NO ME GUSTARIA Q GENTE VAJA ORDINARIA COMO VOZ ME ESTUBIESE CRITICANDO TE GUSTARIA Q TE CRITICASEN ...BLA ...PERDETE LEY UN POCO Y LO Q VI LEI SON INSULTOOOOOOOOOOOOOO??????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????????BYE!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!11111111
HOLA AMIGA NO OFENDAS EN VANO ......NO LEI MUCHO PERO NO CRITIQUES SUS SERIES......NADA MAS LES DEBE DOLER ... Y ES FEO Q HABLEN A TUS ESPALDAS Y ACEPTO Q ERES FRANCA PERDON X JODERTE PERO TEN PIEDAD NO SEAS UNA MAS DE UN MONTOOOOOOO?? BRUJAS BURLATE DE MI PERO MI SUEÑO ES SER ESCRITORA Y ME DOLERIA Q SI FUESE ..SI MIS LECTORES NO LES GUSTACE MI SERIE O PELI NO INSULTES OK...CHAU ..
Publicar un comentario